La Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Movilidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha interpondrá un recurso contencioso-administrativo contra la modificación de la Ordenanza Municipal del Taxi de Puertollano aprobada por el Pleno municipal del mes de octubre del año pasado, en el que fueron rechazadas nueve de las diez alegaciones formuladas por la propia Dirección General de Transportes y Movilidad. Cabe apuntar que hace solo unos días la Federación del Taxi también anunció que impugnaría dicha ordenanza.
“Las alegaciones de la Consejería se fundamentaban en el contenido de las normas autonómicas que regulan el sector del taxi en Castilla-La Mancha y el Gobierno regional considera que los preceptos de la modificación de la ordenanza de Puertollano ahora impugnados están vulnerando lo dispuesto en la normativa citada”, tal y como ha avanzado Casto Sánchez, portavoz y concejal socialista en Puertollano, este mismo miércoles en rueda de prensa.
Sánchez ha recordado que el Grupo Municipal Socialista ya se abstuvo en la votación en el Pleno advirtiendo entonces de “la existencia de estas inconsistencias, que podrían poner en peligro la legalidad de la ordenanza, pero se rechazaron casi todas las alegaciones aduciendo que tenían un sesgo político”. Y ha añadido que “ahora, por la cerrazón y la soberbia del alcalde y de su equipo de Gobierno, nos vemos en esta situación de tiempo perdido”. Estas impugnaciones, sin embargo, no conllevan la paralización de la ordenanza ya que no hay petición de medidas cautelares, por lo que serán los tribunales los que decidan cómo proceder si hay que corregir o eliminar algunos preceptos. “Sin embargo, algunos de los perjudicados por la modificación de la ordenanza sí que podrían recurrir la situación por la que se sienten agravados”, apunta Casto Sánchez.
Las alegaciones que fueron rechazadas y que podrían vulnerar las normas autonómicas “no afectan para nada a la eficacia de lo que busca el propósito de la ordenanza, pero tienen que ver con quién regula determinadas cuestiones de la organización del servicio”, ha subrayado Sánchez, poniendo como ejemplo “el hecho de que el Ayuntamiento se arrogue la posibilidad de establecer diferenciación en el uniformado del conductor del taxi en función de su género; la determinación de posibles paradas alternativas, competencia que corresponde a la Junta; el establecimiento de posibles servicios fuera del término municipal que tengan que ser comunicados al Ayuntamiento por parte del taxista; o que las nuevas licencias puedan ser solo expedidas a personas físicas, cuando la ley de rango superior establece que se pueden atribuir también a empresas”.