El Ayuntamiento de Puertollano crea una bolsa de empleo de coordinador de festejos

El plazo para presentar solicitudes es de cinco días hábiles
Ayuntamiento de Puertollano
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El Ayuntamiento de Puertollano ha anunciado la creación de una bolsa de empleo para el puesto de coordinador de festejos, dentro del grupo A, subgrupo A-2.

El Consistorio ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de este martes que la selección se llevará a cabo mediante un concurso de méritos y que la bolsa tendrá una vigencia máxima de tres años, salvo que se agote antes, se cree una nueva bolsa o se cubra el puesto de manera definitiva.

Las bases completas de la convocatoria están disponibles para consulta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su página web oficial (www.puertollano.es).

El plazo para presentar solicitudes es de cinco días hábiles, comenzando a contar a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOP.

Requisitos

Se requiere que los aspirantes tengan la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre de 2015. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas.

Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos por resolución judicial, para el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado inhabilitado. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público o cargos.

 Estar en posesión del Título de Diplomado, Grado o equivalente (los títulos o estudios que sean equivalente a los específicamente señalados habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido), o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

Se entiende que la persona aspirante está en condiciones de obtenerlo cuando se haya abonado la correspondiente tasa de expedición del título académico. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de homologación o convalidación correspondiente.