El SPL-CLM celebra que la justicia obligue al Ayuntamiento de Almodóvar a "realizar las correspondientes sustituciones del jefe de Policía Local"

Tras sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Ciudad Real
Ayuntamiento de Almodóvar del Campo
Ayuntamiento de Almodóvar del Campo

El juzgado de lo Contencioso nº1 de Ciudad Real considera NO ajustado a derecho que el ayuntamiento de Almodovar del Campo no procediese a realizar las correspondientes sustituciones del Jefe de Policía.

El Sindicato Profesional de Policías Locales de Castilla-La Mancha (SPL-CLM) ha informado de que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Ciudad Real, en sentencia 70/2025 de 21 de octubre, ha estimado el recurso contencioso administrativo interpuesto por un oficial de la Policía Local de Almodóvar del Campo ya que dicho Consistorio no procedía a realizar las correspondientes sustituciones temporales cuando el jefe de policía estaba ausente en su puesto.

La sentencia declara nula la resolución por omisión, no siendo ajustado a derecho tal silencio, condenando al Ayuntamiento de Almodóvar del Campo a realizar nombramiento del funcionario que ha de desempeñar la sustitución de la jefatura de la Policía Local en todas y cada una de las ausencias temporales del titular y jefe de policía local de Almodóvar del Campo.

Para el sindicato, "resulta decepcionante que se tenga que llegar a la justicia ordinaria para tener que determinar unos hechos que a todas luces estaban creando un perjuicio a la ciudadanía y al propio funcionamiento de dicha administración local, ante la cerrazón de los responsables a cargo, a pesar de las claras pruebas existentes, ya que al no proceder a la correspondiente sustitución, las funciones del Jefe de Policía no podían ser desempeñadas por nadie, con el consiguiente menoscabo del servicio del público".

El SPL-CLM, se congratula de la sentencia comunicada y cierra esta "injusta" situación a la que "se ha visto expuesto el agente", así como "las preocupaciones mantenidas durante estos largos meses, pues como ha quedado probado no se actuaba conforme a derecho y a pesar de ello desoyeron de forma constante todas las alegaciones del agente".

La sentencia, que es firme, impone las costas del procedimiento (los gastos jurídicos sostenidos por el demandante) a la Administración demandada, "lo que supone un gasto extraordinario para la Administración que tienen que soportar los vecinos de dicho municipio", finaliza el sindicato.

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