Con motivo de las fiestas de Carnaval en esta localidad, del 25 de febrero al 6 de marzo, el Ayuntamiento de Bolaños ha resuelto la autorización demanial, en régimen de concurrencia, para el uso común especial del dominio público mediante la instalación y explotación de una barra-bar en la carpa municipal, durante esas fechas.
La Mesa de contratación ha procedido a evaluar las ofertas admitidas conforme al único criterio de adjudicación previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares, el canon.
Una vez valoradas las ofertas admitidas, la Mesa de contratación, por unanimidad, ha procedido a la aprobación de la siguiente clasificación, por orden decreciente, de las proposiciones presentadas y admitidas, conforme al único criterio de adjudicación previsto en la Cláusula séptima del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige la contratación del expediente referenciado AAG/UBDP/001/2022, y atendiendo a lo dispuesto en el artículo 159 apartado 4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público:
1º xxxx0536x SHEILA CAMACHO SÁNCHEZ
2º xxxx1172x ANGELA DÍAZ RUIZ
3º xxxx3467x ALICIA SÁNCHEZ BAOS
4º B91277640 POSTIGO RESTAURACIÓN SL
5º xxxx6593x ÁLVARO JOSÉ AGUILAR RAMÍREZ
6º xxxx7704x JUAN CARLOS ALMANSA FELIPE
7º xxxx9249x CARLOS DÍAZ DÍAZ
La Mesa de Contratación, por unanimidad también, ha acordado proponer al órgano de contratación la adjudicación de la autorización demanial para el uso común especial del dominio público mediante la instalación de una barra-bar en la carpa durante los Carnavales 2022, en el recinto multifuncional de Bolaños, a favor de la persona física Sheila Camacho Sánchez, por el precio de 9.331,00 € IVA excluido, según oferta económica presentada.
En total, el coste de adjudicación del contrato a la mejor oferta relación coste-eficacia asciende a 11.290,51 €, aplicados los 1.959,51 € del IVA, al considerar la Dirección General de Tributos que a estas autorizaciones no les es de aplicación el supuesto de no sujeción al IVA. Esta consideración viene regulada en el artículo 7 apartado 9 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, según legislación vigente en cada momento, actualmente el 21%.